.

.

domingo, 1 de octubre de 2017

Secesión: un vistazo a la Clarity Act Canadiense

Quebec


Voy al grano y empiezo por el final puesto que considero que es la parte más importante de la Clarity Act (que se encuentra aquí y traducida completa al final del post). Esto significa que (en este post) partimos de una situación en la cual, ya se ha celebrado el referendum y 

  1. Se ha determinado que la pregunta ha sido clara tal y como establece la ley en los puntos precedentes (ver la Ley completa más abajo) y
  2. La Cámara de los Comunes ha determinado que ha habido una clara expresión de la voluntad popular y el resultado ha sido que, oídas todas las opiniones establecidas en la Ley, y de acuerdo con el criterio de dicha Cámara, hay una mayoría clara a favor de la secesión (sin establecer porcentaje)

Bien, entonces, comenzarán las negociaciones teniendo en cuenta que los dos últimos puntos de la Ley de Claridad Canadiense dicen:

Enmiendas constitucionales
  • Se reconoce que bajo la Constitución de Canadá no existe el derecho de llevar a cabo unilateralmente la secesión de una provincia de Canadá y que, por tanto, sería necesaria una enmienda a la Constitución de Canadá para que cualquier provincia se separe de Canadá, lo que, a su vez, requeriría negociaciones con al menos los gobiernos de todas las provincias y el gobierno de Canadá.

Limitación
  • Ningún Ministro de la Corona propondrá una enmienda constitucional para efectuar la secesión de una provincia de Canadá a menos que el Gobierno de Canadá haya abordado en sus negociaciones los términos de la secesión que son relevantes a las circunstancias, incluyendo la división de activos y pasivos, cualquier cambio en las fronteras de la provincia, los derechos, intereses y reivindicaciones territoriales de los pueblos aborígenes de Canadá, y la protección de los derechos de las minorías.

Por tanto, podemos concluir:
  1. La Ley de Claridad Canadiense no ha modificado la Constitución.
  2. Los gobiernos de las provincias pueden convocar unilateralmente un referendum de secesión.
  3. La Ley de Claridad se refiere a cuales deben ser los presupuestos para que el gobierno canadiense esté obligado a negociar la secesión.
  4. No existe el derecho unilateral de secesión.
  5. Un resultado favorable a la secesión no vincularía al gobierno canadiense a entablar negociaciones si se determina que la pregunta no ha sido clara.
  6. El resultado del referendum es sólo el punto de partida para entablar negociaciones que deben culminar - o no - en la reforma constitucional.
  7. En esas negociaciones deben abordarse los términos relevantes, que no han sido enumerados exhaustívamente en la propia ley, los cuales incluyen:
  • La división de activos y pasivos.  Hay que establecer como se reparten los bienes y derechos y también las deudas y obligaciones, nacionales e internacionales. Esta negociación tiene tela. Consiste fundamentalmente poner en conocimiento de los ciudadanos el impacto real, los costes, de la secesión. Probablemente llevaría no meses sino años. En Europa, con el Brexit, los dos años establecidos se están quedando muy cortos.
  • Posibles cambios en las fronteras de la provincia que se secesiona. Es decir, si Canadá es divisible, la provincia que se separe no tiene porque conservar su integridad territorial. Este es el punto más controvertido y probablemente, la principal razón por la cual, la mayoría nacionalista en Quebec no ha vuelto a convocar un referendum desde 1995 (a pesar de que su parlamento ha promulgado su propia ley reafirmando su integridad territorial) por el riesgo a perder su capital: Montreal. Stephane Dion, ministro canadiense, impulsor de la consulta a la Corte Suprema  (Tribunal Constitucional), que posteriormente dio origen a la Ley de Claridad, pronunció unas conferencias en las que exponía un principio que él manejaba en los debates en Canada: Si Canadá es divisible por "razones democráticas", Quebec también lo es por idénticas razones. Aunque la ley no lo diga de forma expresa, tampoco dice lo contrario: lo que sí dice es que los cambios en las fronteras están abiertos a negociaciones. Por tanto, no hay nada en la ley que impida que alguna zona o enclave que por su tamaño sea funcionalmente susceptible de constituirse en unidad administrativa* (por ejemplo Montreal), pueda permanecer en Canadá, si de la votación en esa zona concreta resultara una mayoría clara en contra de la secesión (según criterio de la Cámara de los Comunes, oídos todos los demás órganos y asociaciones establecidos en la Ley)
Los Territorios Históricos (Bizkaia, Gipuzkoa y Araba)
 son unidades administrativas* consolidadas, 
que recaudan sus propios tributos.

  • Protección de los derechos de aborígenes y de las minorías. Este punto obligaría a negociar, entre otras cosas por ejemplo, la situación jurídica de aquellos ciudadanos que, habiendo votado en contra de la secesión (minorías angloparlantes) no desearan perder su nacionalidad.
  • Por último, hasta que no se establezcan todos los términos de la secesión, no se podrá proponer la reforma constitucional (que, naturalmente, debe ser sometida a referendum).
Enclave de Treviño


- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

*Autodeterminación, por Ludwig Von Mises: 

"Si hubiera alguna manera posible de conceder este derecho de autodeterminación a cada persona individual, tendría que hacerse. Esto, solo es impracticable, debido a convincentes consideraciones técnicas que hacen necesario que el derecho de autodeterminación se restrinja a la voluntad de la mayoría de habitantes en áreas lo suficientemente grandes como para considerarse unidades territoriales en la administración del país".


“El derecho de autodeterminación respecto de la cuestión de la pertenencia a un estado significa entonces: siempre que los habitantes de un territorio concreto, ya sea una sola ciudad, todo un distrito o una serie de distritos adyacentes, haga saber, mediante un plebiscito realizado libremente, que ya no desean seguir unidos al estado al que pertenecen en ese momento, sino que por el contrario desean formar un estado independiente o unirse a otro estado, sus deseos han de ser respetados y cumplidos. Es la única forma viable y eficaz de impedir revoluciones y guerras civiles e internacionales.” 

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

A continuación la traducción completa de la Clarity Act


Una ley para llevar a cabo la exigencia de claridad según se desprende de la opinión del Tribunal Supremo de Canadá en su Referente a la Secesión de Quebec.

Preámbulo.

CONSIDERANDO que el Tribunal Supremo de Canadá ha confirmado que no existe derecho de efectuar una secesión unilateral por parte de la Asamblea Nacional o el Gobierno de Quebec, ni bajo el derecho internacional ni la Constitución de Canadá;
CONSIDERANDO que cualquier propuesta relativa a la partición de un estado democrático es un asunto de la mayor gravedad y de una importancia fundamental para todos sus ciudadanos;
CONSIDERANDO que el gobierno de cualquier provincia de Canadá tiene derecho a consultar a su población mediante referendo sobre cualquier asunto, y puede elegir la formulación de la pregunta;
CONSIDERANDO que el Tribunal Supremo de Canadá ha determinado que el resultado del referendo de secesión de una provincia ha de estar libre de ambigüedad, tanto en términos de la pregunta empleada como del apoyo que recibe, si tal resultado ha de ser tenido en cuenta como la expresión de la voluntad democrática que conllevaría la obligación de entrar en negociaciones que podrían conducir a la secesión;
CONSIDERANDO que el Tribunal Supremo ha establecido que democracia significa más que la simple regla de la mayoría, que sería necesaria una clara mayoría para crear una obligación de negociar la secesión, y que se requiere una evaluación cualitativa para determinar si existe en esas circunstancias una mayoría clara en favor de la secesión;
CONSIDERANDO que el Tribunal Supremo de Canadá ha confirmado que la secesión de una provincia, para ser legal, requeriría una enmienda a la Constitución de Canadá, que esa enmienda necesariamente requiere negociaciones referentes a la secesión que implican al menos a los gobiernos de todas las provincias y a Gobierno de Canadá, y que esas negociaciones estarían guiadas por los principios del federalismo, democracia, constitucionalismo, el imperio de la ley, y la protección de las minorías;
CONSIDERANDO que a la vista de la decisión del Tribunal Supremo que serían los representantes electos los que determinarían qué constituye una pregunta clara y qué constituye una mayoría clara en un referendo de secesión habido en una provincia, la  Cámara de los Comunes, como única institución política elegida para representar a todos los canadienses, tiene un rol importante en identificar qué constituye una pregunta clara y una mayoría clara suficiente para que el Gobierno de Canadá entre en negociaciones en relación a la secesión de una provincia de Canadá.;
Y CONSIDERANDO que es imperativo que el Gobierno de Canadá no entre en negociaciones que pudieran conducir a la secesión de una provincia de Canadá, y que pudiera consiguientemente suponer el cese de la ciudadanía y otros derechos que ciudadanos canadienses residentes en la provincia disfrutan como participantes plenos de Canadá, a no ser que la población de esa provincia haya expresado con claridad su voluntad democrática de secesión de Canadá;
PORTANTO, Su Majestad, por y con el consejo y consentimiento del Senado y la Cámara de los Comunes de Canadá, promulga lo siguiente:
Nota marginal: La Cámara de los Comunes considerará la pregunta
1. (1) La Cámara de los Comunes debe, en el plazo de 30 días después de que el gobierno de la provincia o su asamblea legislativa o por cualquier medio oficial declaren la pregunta que pretenden presentar a los votantes en un referendo relativo a la propuesta secesión de la provincia de Canadá, considerar la pregunta, y, por resolución, determinar si la pregunta es clara.
Nota marginal: Extensión de tiempo
(2) Si los treinta días de la subsección anterior ocurren durante una elección general de los miembros de la Cámara de los Comunes, los 30 días se extenderán 40 más.
Nota marginal: Consideraciones
(3) Al considerar la claridad de una pregunta de referendo, la Cámara de los Comunes debe considerar si la pregunta resultará en una clara expresión de la voluntad de la población de una provincia sobre si la provincia debe dejar de ser parte de Canadá y convertirse en un estado independiente.
Nota marginal: Dónde no hay clara expresión de voluntad
(4) A los propósitos de la subsección (3), una cara expresión de la voluntad de la población de una provincia de que la provincia deje de ser parte de Canadá no puede resultar de:
(a) una pregunta de referendo que se refiera solo a un mandato de negociar, sin solicitar una expresión directa de la voluntad de la población de esa provincia respecto a si la provincia debe dejar de ser parte de Canadá. ; ó
(b) una pregunta de referendo que contemple otras posibilidades además de la secesión de la provincia de Canadá, tal como acuerdos económicos o políticos con Canadá, que oscurezcan la expresión directa del deseo de la población de esa provincia sobre si la provincia debe dejar de ser parte de Canadá.
Nota marginal: Otros aspectos a considerar
(5) AL considerar la claridad de la pregunta del referendo en cuestión, La Cámara de los Comunes deben tener en cuenta la opinión de todas las partes políticas representadas en la asamblea legislativa de la provincia cuyo gobierno está proponiendo el referendo de secesión, cualquier declaración o resolución del gobierno o legislativo de cualquier provincia de Canadá, cualquier declaración formal o resolución del Senado, cualquier declaración o resolución de representantes de los Pueblos Aborígenes de Canadá, especialmente aquellos de la provincia cuyo gobierno está proponiendo el referendo de secesión, y cualquier otra opinión que considere relevante.
Nota marginal: No negociaciones si pregunta no clara
(6) El gobierno de Canadá no debe de entrar en negociaciones sobre los términos en que una provincia puede dejar de ser parte de Candá si la Cámara de los Comunes determina, de acuerdo a esta sección, que el la pregunta del referendo no es clara y, por esa razón, no determinará una expresión clara de la voluntad de la población de esa provincia sobre si la provincia debe dejar de ser parte de Canadá.
Nota marginal: Cámara de los Comunes considera si hay voluntad clara de secesión
2. (1) Donde el gobierno de una provincia, tras un referendo relativo a la secesión de la provincia de Canadá, busca entrar en negociaciones sobre los términos en que esa provincia podría dejar de ser parte de Canadá, la Cámara de los Comunes debe, excepto donde haya sido determinado de acuerdo a la sección 1 que la pregunta del referendo no es clara, considerar, y, por resolución, establecer su decisión sobre si, en las circunstancias, ha habido una clara expresión de la voluntad de que la provincia deje de ser parte de Canadá, por una clara mayoría.
Nota marginal: Factores que la Cámara de los Comunes atenderá
(2) Al considerar si ha habido la clara expresión de una voluntad por una mayoría clara de una provincia de que la provincia deje de ser parte de Canadá, la Cámara de los Comunes debe tener en cuenta:
(a) el tamaño de la mayoría de votos válidos en favor de la opción de la secesión;
(b) el porcentaje de votantes en el referendo; y
(c) cualquier otra circunstancia que considere relevante.
Nota marginal: Otros aspectos a considerar
(3) Al considerar si ha habido la clara expresión del deseo, por una clara mayoría, de la población de una provincia de que la provincia deje de ser parte de Canadá, la Cámara de los Comunes debe tener en cuenta las opiniones de todos los partidos políticos representados en la asamblea legislativa de la provincia cuyo gobierno propuso el referendo de secesión, cualquier declaración formal o resolución del Senado, cualquier declaración formal o resolución de los representantes de los Pueblos Aborígenes de Canadá, especialmente de aquellos de la provincia cuyo gobierno propuso el referendo, y otras opiniones que considere de interés.
Nota marginal: No negociaciones sin voluntad clara
(4) El Gobierno de Canadá no debe de entrar en negociaciones sobre los términos en que una provincia puede dejar de ser parte de Canadá salvo que la Cámara de los Comunes determine, de acuerdo con esta sección, que ha habido la expresión de una voluntad clara por parte de una clara mayoría de la población de esa provincia de que la provincia deje de formar parte de Canadá.
Nota marginal: Enmiendas constitucionales
Se reconoce que bajo la Constitución de Canadá no existe el derecho de llevar a cabo unilateralmente la secesión de una provincia de Canadá y que, por tanto, sería necesaria una enmienda a la Constitución de Canadá para que cualquier provincia se separara de Canadá, lo que, a su vez, requeriría negociaciones con al menos los gobiernos de todas las provincias y el gobierno de Canadá.
Nota marginal : Limitación
Ningún Ministro de la Corona propondrá una enmienda constitucional para efectuar la secesión de una provincia de Canadá a menos que el Gobierno de Canadá haya abordado en sus negociaciones los términos de la secesión que son relevantes a las circunstancias, incluyendo la división de activos y pasivos, cualquier cambio en las fronteras de la provincia, los derechos, intereses y reivindicaciones territoriales de los pueblos aborígenes de Canadá, y la protección de los derechos de las minorías.

No hay comentarios: