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viernes, 17 de noviembre de 2017

El impuesto Wallapop y el Neoliberalismo

La Dirección General de Tributos, el brazo legislativo de Hacienda, establece que los particulares que vendan bienes en plataformas como eBay, Wallapop o Vibbo serán gravados por Transmisiones Patrimoniales (ITP)

NEOLIBERALISMO


Vendes la silla del niño por ebay o wallapop. 
Todos los productores de los componentes de la sillita pagaron el impuesto del valor añadido correspondiente. El empresario que puso la silla en el mercado, pagó el impuesto de sociedades (al igual que los empresarios de las etapas anteriores). De lo que quedó, los accionistas que pusieron su ahorro, pagaron los correspondientes impuestos por rendimientos de capital. Todos los trabajadores que recibieron como salario lo correspondiente a una parte del valor de mercado del cochecito del niño (o de sus componentes) tuvieron que tributar en concepto de IRPF. El comercio minorista y sus trabajadores, que vendieron la silla a un particular, además de ingresar a Hacienda por todos los conceptos anteriores, pagaron también los correspondientes impuestos municipales (impuesto de actividades económicas o el impuesto de bienes inmuebles). La mitad, o más, del precio de mercado del puñetero cochecito del niño, ha ido a parar a las arcas de una Administración Pública. Y, por si esto fuera poco, en adelante, cuando el particular venda la silla a otro particular, esa venta estará sujeta al impuesto de transmisiones patrimoniales, aún cuando se venda a pérdida, sin haberla usado siquiera. ¡Malditos neoliberales!


3 comentarios:

nineuk dijo...

Bien. Ese es el tamaño adecuado para un post. Por lo demás que recauden. Así podrán seguir cobrando los jubilados. ;-)

Kaialde dijo...

Jajajaj Me ha costado una barbaridad dejarlo así de corto.

Por otro lado los jubilados en el futuro cobrarán una autentica mierda. El actual sistema es otro atraco a mano armada. Su capacidad adquisitiva se va a ir reduciendo a menos de la mitad en pocos años.
Te recomiendo que leas este post sobre el ahorro a interés compuesto:

https://la-accion-humana.blogspot.com.es/2016/08/la-potencia-del-ahorro-interes.html

Con un sistema de capitalización (individual y de propiedad exclusiva), un trabajador que no llegue ni a mileurista (928 €/mes netos en 14 pagas) y que mantenga el mismo salario durante toda su vida laboral (es decir, sin promoción profesional de ninguna clase durante toda su vida), si el trabajador del ejemplo comienza a ahorrar a los 22 años, podría jubilarse a los 59 años, habiendo acumulado una inversión por un importe total superior a los 675.000 euros.

Una vez jubilado, si decide asignarse una renta de, por ejemplo: 20.000 euros al año (un 25% más que su salario bruto) durante los próximos 30 años (hasta los 89 años), habrá consumido 600.000 euros; pero la cantidad restante no serían 75.000€. ¿Por qué? Porque el resto, despues de retirar cada més esos 20.000, seguiría invertido a interés compuesto (en fondos de inversión) durante esos restantes 30 años. Por lo que, al final de su vida, dejaría en herencia a sus hijos una cantidad considerable, procedente de su propio ahorro equivalente a sus actuales cotizaciones sociales; cosa que no ocurre con las cotizaciones en el sistema de pensiones de reparto actual, las cuales se pierden cuando se produce el fallecimiento del cotizante (antes y/o despues de producirse su jubilación).

Anónimo dijo...

Es un impuesto totalmente injusto.Aquí hay un change org para que lo quiten: https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-no-al-impuesto-a-la-compra-venta-de-segunda-mano-entre-particulares como bien dicen los bienes de segunda mano ya han pagado sus correspondientes impuestos en el momento que se adquirieron como nuevos, y en la mayoría de los casos, la venta de un bien de segunda mano es una forma de obtener un ingreso con el que afrontar la compra de otro bien necesario. En muchos casos, bienes de necesidad de la misma naturaleza, como por ejemplo: Libros de texto, ordenadores, ropa, etc.